16 de agosto de 2026
GESTIONIA
  • GESTIONIA
    • Actualidad económica
    • Ahorro inteligente
    • Criptomonedas
    • Educación financiera
    • Finanzas para principiantes
    • Gestión de deudas
    • Herramientas financieras
    • Ingresos online
    • Ingresos pasivos
    • Inversión en bolsa
  • MANUALIA
  • RECETALIA
  • CUIDALIA
  • MASCOTALIA
Sin resultados
Ver todos los resultados
GESTIONIA
  • GESTIONIA
    • Actualidad económica
    • Ahorro inteligente
    • Criptomonedas
    • Educación financiera
    • Finanzas para principiantes
    • Gestión de deudas
    • Herramientas financieras
    • Ingresos online
    • Ingresos pasivos
    • Inversión en bolsa
  • MANUALIA
  • RECETALIA
  • CUIDALIA
  • MASCOTALIA
Sin resultados
Ver todos los resultados
GESTIONIA
Sin resultados
Ver todos los resultados

Impuestos por vender una casa: cuánto pagas y cuándo

IRPF, plusvalía municipal y las exenciones que casi nadie aplica bien

12 de agosto de 2026
en Educación financiera
Tiempo de lectura: 10 mins. lectura
0

Al vender una casa en España pagas, como norma general, dos impuestos: el IRPF por la ganancia patrimonial que hayas obtenido y la plusvalía municipal que cobra tu ayuntamiento sobre el suelo. A eso se suma el IBI del año en curso, que se reparte entre comprador y vendedor. La factura final depende de tres cosas: cuánto ganaste de verdad con la operación, cuántos años tuviste el inmueble y si te aplica alguna de las exenciones previstas por la ley.

La mayoría de vendedores descubre estos importes tarde, cuando el dinero de la venta ya se ha repartido en otras cosas. Conviene hacer el cálculo antes de firmar ante notario, porque hay decisiones —el orden de las operaciones, el destino del dinero, incluso la fecha de la escritura— que cambian sustancialmente lo que acabas pagando.

Qué impuestos se pagan al vender una vivienda

Conviene separar bien los tres conceptos, porque se pagan a administraciones distintas, en momentos distintos y con reglas distintas:

  • IRPF (Hacienda estatal): grava la ganancia patrimonial, es decir, la diferencia entre lo que te costó la vivienda y lo que has obtenido al venderla. Se declara en la renta del año siguiente.
  • Plusvalía municipal o IIVTNU (ayuntamiento): grava el incremento de valor del suelo urbano durante los años que fuiste propietario. Se liquida en las semanas posteriores a la venta.
  • IBI (ayuntamiento): no es un impuesto de la venta, pero el recibo del año lo paga quien era titular a 1 de enero. Lo habitual es prorratearlo entre las partes en la escritura.

Hay un cuarto elemento que no es impuesto pero pesa: los gastos de la operación (notaría, registro, certificado energético, cancelación registral de la hipoteca si la había, comisión de la agencia). No los paga Hacienda, pero sí reducen la ganancia sobre la que tributas, así que merece la pena documentarlos con cuidado.

IRPF: cómo se calcula la ganancia patrimonial

Este es el impuesto que más dinero mueve y el que más se calcula mal. La lógica es sencilla, pero los detalles importan.

La fórmula básica

La ganancia patrimonial es la diferencia entre el valor de transmisión y el valor de adquisición. No es simplemente «precio de venta menos precio de compra»: cada lado admite ajustes.

  • Valor de adquisición: lo que pagaste por la vivienda, más los impuestos que soportaste al comprarla (ITP o IVA más AJD), más notaría, registro y gestoría de aquel momento, más el coste de las mejoras o ampliaciones realizadas. Se resta la amortización si el inmueble estuvo alquilado.
  • Valor de transmisión: el precio de venta menos los gastos e impuestos que asumes tú como vendedor en esta operación (plusvalía municipal, comisión de la inmobiliaria, certificado energético, cancelación de hipoteca).

Mejoras sí, reparaciones no

Esta distinción decide miles de euros y casi nadie la tiene clara. Una mejora aumenta la capacidad, la superficie o la vida útil del inmueble: cerrar una terraza, instalar un ascensor, cambiar la instalación eléctrica completa, añadir un baño. Una reparación o conservación mantiene el inmueble en su estado: pintar, sustituir un electrodoméstico, arreglar una persiana, cambiar la caldera averiada por otra equivalente.

Solo las mejoras suman al valor de adquisición. Y solo si puedes probarlas con factura completa a tu nombre, con el desglose y el pago justificado. Una reforma de 30.000 euros sin facturas es, a efectos fiscales, una reforma que no existió. Si estás pensando en vender en los próximos años, guarda desde ya escrituras, facturas de obra y justificantes de pago en un mismo sitio: un archivador de documentos A4 por inmueble evita la búsqueda desesperada de papeles diez años después.

Cuánto se paga: los tramos de la base del ahorro

La ganancia se integra en la base del ahorro del IRPF, que tiene una escala progresiva por tramos e idéntica en toda España (no tiene tramo autonómico). Con la escala vigente en 2026:

  • Hasta 6.000 €: 19 %
  • De 6.000 € a 50.000 €: 21 %
  • De 50.000 € a 200.000 €: 23 %
  • De 200.000 € a 300.000 €: 27 %
  • Más de 300.000 €: 28 %

Es progresiva por tramos, no un tipo único: si tu ganancia es de 60.000 euros no pagas el 23 % de todo, sino el 19 % de los primeros 6.000, el 21 % de los siguientes 44.000 y el 23 % de los 10.000 restantes. En ese ejemplo saldrían unos 12.680 euros, no 13.800.

Un matiz para viviendas compradas antes de 1995

Si adquiriste el inmueble antes del 31 de diciembre de 1994, puedes aplicar los llamados coeficientes de abatimiento sobre la parte de la ganancia generada hasta enero de 2006, con un límite conjunto de 400.000 euros de valor de transmisión para todo tu patrimonio. Es un cálculo técnico donde conviene apoyarse en un asesor fiscal, porque el límite se consume operación a operación y no se recupera.

Plusvalía municipal: el impuesto del ayuntamiento

El Impuesto sobre el Incremento de Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana grava solo el suelo, no la construcción. Lo cobra el ayuntamiento donde está el inmueble y cada municipio fija su tipo dentro de un máximo legal del 30 %.

Los dos métodos de cálculo

Desde la reforma de 2021 conviven dos sistemas y el ayuntamiento debe aplicarte el que resulte más bajo:

  • Método objetivo: se aplica un coeficiente según los años de tenencia sobre el valor catastral del suelo. No mira lo que ganaste realmente.
  • Método real: se toma la diferencia entre precio de venta y de compra y se imputa solo la proporción que corresponde al suelo según el catastro.

Para comparar necesitas tres datos: el valor catastral del suelo (aparece desglosado en el recibo del IBI y en la Sede Electrónica del Catastro), los precios de compra y venta, y los años completos de tenencia. Ten presente que los coeficientes máximos se actualizan periódicamente, así que la cifra que calculó un vecino hace tres años no te sirve de referencia.

Cuándo no se paga

Si vendes con pérdida —vendes por menos de lo que compraste, considerando los gastos— no hay incremento de valor y el impuesto no se devenga. No es automático: tienes que declararlo y acreditarlo aportando ambas escrituras. Muchos vendedores pagan una plusvalía que no debían simplemente porque nadie les dijo que podían demostrar la pérdida.

Exenciones que pueden dejar tu factura a cero

El IRPF contempla varios supuestos en los que la ganancia queda exenta. Son la diferencia entre pagar decenas de miles de euros y no pagar nada, y todos exigen cumplir requisitos concretos.

Reinversión en vivienda habitual

Si vendes tu vivienda habitual y destinas el importe obtenido a comprar otra vivienda habitual, la ganancia queda exenta. Requisitos clave:

  • La vivienda vendida debe haber sido tu residencia habitual de forma continuada durante al menos tres años (o haberlo sido en los dos años anteriores a la venta).
  • La reinversión debe hacerse en un plazo máximo de dos años, que pueden ser posteriores o anteriores a la venta.
  • La exención es proporcional: si reinviertes el 60 % del importe obtenido, solo queda exento el 60 % de la ganancia.
  • Si la vivienda vendida tenía hipoteca pendiente, el importe que se considera obtenido es el precio menos el capital que cancelas.

Ese último punto sorprende a mucha gente. Si vendes por 300.000 euros y cancelas 100.000 de hipoteca, el importe a reinvertir para lograr la exención total es 200.000, no 300.000. Si estás valorando adelantar la cancelación antes de vender, revisa primero cuándo conviene amortizar hipoteca, porque el orden de las operaciones altera el cálculo.

Mayores de 65 años

Si tienes más de 65 años y vendes tu vivienda habitual, la ganancia está exenta sin necesidad de reinvertir nada. Es una exención automática y no condicionada al destino del dinero. Para segundas residencias u otros inmuebles no aplica, salvo que se reinvierta en una renta vitalicia asegurada (con un máximo de 240.000 euros y un plazo de seis meses).

Para quien quiere obtener liquidez de su vivienda a esa edad sin desprenderse de ella, la venta no es la única vía: conviene comparar con alternativas como la hipoteca inversa y sus riesgos antes de decidir.

Dación en pago y otros supuestos

La entrega de la vivienda habitual al banco para cancelar la deuda hipotecaria está exenta de IRPF y de plusvalía municipal cuando el deudor no dispone de otros bienes suficientes para pagar. También quedan exentas determinadas transmisiones derivadas de ejecuciones hipotecarias sobre la vivienda habitual.

Plazos: cuándo se declara cada impuesto

Los calendarios no coinciden, y ahí se acumulan los recargos.

  • Plusvalía municipal: 30 días hábiles desde la firma de la escritura. Algunos ayuntamientos liquidan ellos y te envían la carta de pago; otros exigen autoliquidación. Comprueba cuál es tu caso el mismo día de la venta.
  • IRPF: en la declaración de la renta del ejercicio siguiente al de la venta. Una vivienda vendida en 2026 se declara en la campaña de 2027.
  • IBI: lo abona quien figuraba como titular a 1 de enero, aunque el Tribunal Supremo admite el prorrateo si consta pactado. Que quede reflejado en la escritura.

Ese desfase del IRPF es traicionero: puedes vender en marzo, gastar el dinero durante el año y encontrarte catorce meses después con una liquidación de varios miles de euros. Si has vendido con ganancia, aparta la estimación del impuesto en una cuenta separada el mismo mes de la venta.

Un ejemplo con números

Supongamos una vivienda comprada en 2010 por 180.000 euros, con 14.000 euros de impuestos y gastos de compra y una reforma acreditada con facturas de 20.000 euros. Se vende en 2026 por 260.000 euros, con 8.000 euros de comisión de agencia y 1.200 de plusvalía municipal.

  • Valor de adquisición: 180.000 + 14.000 + 20.000 = 214.000 €
  • Valor de transmisión: 260.000 − 8.000 − 1.200 = 250.800 €
  • Ganancia patrimonial: 36.800 €
  • IRPF: 19 % de 6.000 (1.140 €) + 21 % de 30.800 (6.468 €) = 7.608 €

Sin las facturas de la reforma, la ganancia habría sido de 56.800 euros y el IRPF de 11.944 euros: 19 % de los primeros 6.000 (1.140 €), 21 % de los siguientes 44.000 (9.240 €) y 23 % de los 6.800 restantes (1.564 €). Más de cuatro mil euros de diferencia por unos papeles guardados. Si era vivienda habitual y se reinvierte el importe completo en otra, la cuota baja a cero.

Errores frecuentes que salen caros

  • Confundir mejora con reparación e incluir en el valor de adquisición gastos que Hacienda rechazará en una comprobación.
  • No declarar la venta creyendo que, como no hubo ganancia, no hay obligación. Aunque el resultado sea cero o pérdida, la operación debe constar en la renta.
  • Pagar la plusvalía sin comparar métodos ni comprobar si hubo pérdida real.
  • Olvidar la amortización del periodo en que el inmueble estuvo alquilado, que reduce el valor de adquisición y aumenta la ganancia.
  • Asumir que la exención por reinversión es automática: hay que marcarla expresamente en la declaración del año de la venta.

Vender en un mercado caro no siempre significa ganar

Una parte de la ganancia que declaras es, en realidad, inflación: el IRPF español no actualiza el valor de adquisición con el paso del tiempo, así que tributas también sobre la subida nominal de precios. Para situar tu operación conviene mirar la evolución del Índice de Precios de Vivienda que publica el INE, que mide trimestralmente cómo se han movido los precios de compraventa a partir de los datos del Consejo General del Notariado.

Ese contexto ayuda a decidir el cuándo, no solo el cuánto. Si estás valorando si el mercado está tensionado, puede interesarte revisar cómo se identifica una burbuja inmobiliaria; y si lo que estudias es vender para reinvertir en un inmueble en alquiler, los números reales están en nuestra guía sobre comprar vivienda para alquilar.

Por último, si la vivienda que vas a vender procede de una herencia, el valor de adquisición es el declarado en el impuesto de sucesiones más los gastos e impuestos que pagaste entonces, no lo que costó en su día a quien te la dejó. Merece la pena repasar cómo funciona el impuesto de sucesiones antes de hacer cálculos.

Este artículo tiene finalidad divulgativa y no constituye asesoramiento fiscal. Cada operación tiene particularidades —titularidad compartida, gananciales, usufructos, inmuebles heredados o afectos a actividad— que conviene revisar con un asesor antes de firmar.

Preguntas frecuentes

¿Cuánto se paga a Hacienda por vender una casa?
Depende de la ganancia obtenida, no del precio de venta. La ganancia es la diferencia entre el valor de transmisión y el de adquisición, ambos ajustados con gastos e impuestos. Esa cifra tributa en la base del ahorro con una escala progresiva que en 2026 va del 19 % para los primeros 6.000 euros al 28 % a partir de 300.000 euros. Una ganancia de 40.000 euros supone en torno a 8.280 euros de IRPF. Si se aplica alguna exención, como la reinversión en vivienda habitual, la cuota puede quedar en cero.
¿Cómo no pagar IRPF por la venta de una vivienda?
Existen tres vías principales. La primera es la exención por reinversión: si vendes tu vivienda habitual y compras otra vivienda habitual en un plazo de dos años, la ganancia queda exenta en proporción al importe reinvertido. La segunda es la edad: los mayores de 65 años que venden su vivienda habitual no tributan por la ganancia y no necesitan reinvertir. La tercera es la dación en pago al banco cuando no hay otros bienes suficientes. Fuera de estos supuestos, vender con pérdida tampoco genera cuota.
¿Quién está exento de pagar la plusvalía municipal?
No se devenga el impuesto cuando no ha existido incremento de valor del suelo, es decir, cuando vendes por un precio inferior al de compra. Debes acreditarlo aportando la escritura de adquisición y la de venta ante el ayuntamiento. También están exentas las daciones en pago de la vivienda habitual y las ejecuciones hipotecarias sobre ella cuando el deudor carece de otros bienes. La exención no se aplica sola: hay que solicitarla y presentar la documentación dentro del plazo.
¿Qué gastos se pueden deducir al vender una vivienda?
Del valor de transmisión se restan los gastos e impuestos que asume el vendedor: comisión de la agencia inmobiliaria, plusvalía municipal, certificado de eficiencia energética, cédula de habitabilidad y cancelación registral de la hipoteca. Al valor de adquisición se suman los impuestos de la compra (ITP o IVA y AJD), notaría, registro, gestoría y el coste de las mejoras acreditadas con factura. Las reparaciones y el mantenimiento ordinario no computan, y sin factura completa a tu nombre ningún importe es admisible.
¿Cuánto tiempo tengo para declarar la venta de una casa?
Cada impuesto tiene su propio plazo. La plusvalía municipal se presenta en los 30 días hábiles siguientes a la firma de la escritura, y según el ayuntamiento será autoliquidación o liquidación que te remiten. El IRPF se declara en la campaña de la renta del ejercicio siguiente: una venta realizada en 2026 se incluye en la declaración presentada en 2027. Ese desfase hace recomendable reservar el importe estimado del impuesto desde el momento del cobro para evitar sustos.
Etiquetas: Finanzas personalesFiscalidadInmobiliarioPlanificación financiera
Publicación anterior

Halving de Bitcoin: qué es y cómo afecta al precio

Siguiente publicación

Deflación: qué es, causas y cómo afecta a tu dinero

Contenido relacionado

Cómo leer un fondo de inversión: TER, rentabilidad histórica y todo lo que debes entender antes de invertir
Educación financiera

Cómo leer un fondo de inversión: TER, rentabilidad histórica y todo lo que debes entender antes de invertir

3 de marzo de 2026
Comparativa de hipoteca fija o variable con llaves y casas en miniatura
Educación financiera

Hipoteca fija o variable: cuál elegir en 2026

24 de mayo de 2026
Qué es el riesgo de mercado y cómo gestionarlo sin entrar en pánico
Educación financiera

Qué es el riesgo de mercado y cómo gestionarlo sin entrar en pánico

10 de abril de 2026

Red FACTOORIA

Retención de líquidos: causas y cómo eliminarla
Salud y bienestar

Retención de líquidos: causas y cómo eliminarla

16 de julio de 2026
Mejores fiambreras 2026: cuál comprar para el trabajo
Snacks saludables

Mejores fiambreras 2026: cuál comprar para el trabajo

18 de junio de 2026
Desayuno saludable: qué desayunar y qué evitar
Hábitos saludables

Desayuno saludable: qué desayunar y qué evitar

31 de julio de 2026
Suscríbete
Notificar de
guest

PROTECCIÓN DE DATOS: De conformidad con las normativas de protección de datos, le facilitamos la siguiente información del tratamiento: (+)

  • Responsable: Emilio José Calvo Carrasco.
  • Fines del tratamiento: dar respuesta a las consultas o cualquier tipo de petición que sea realizada por el usuario a través de cualquiera de las formas de contacto que se ponen a su disposición en la página web del responsable.
  • Derechos que le asisten: acceso, rectificación, portabilidad, supresión, limitación y oposición. Más información del tratamiento en la Política de Privacidad.
guest

PROTECCIÓN DE DATOS: De conformidad con las normativas de protección de datos, le facilitamos la siguiente información del tratamiento: (+)

  • Responsable: Emilio José Calvo Carrasco.
  • Fines del tratamiento: dar respuesta a las consultas o cualquier tipo de petición que sea realizada por el usuario a través de cualquiera de las formas de contacto que se ponen a su disposición en la página web del responsable.
  • Derechos que le asisten: acceso, rectificación, portabilidad, supresión, limitación y oposición. Más información del tratamiento en la Política de Privacidad.
0 Comentarios
Más antiguos
Más recientes Más votados

Categorías

  • Actualidad económica
  • Ahorro inteligente
  • Criptomonedas
  • Educación financiera
  • Finanzas para principiantes
  • Gestión de deudas
  • Herramientas financieras
  • Ingresos online
  • Ingresos pasivos
  • Inversión en bolsa
  • Aviso legal
  • Política de privacidad
  • Política de cookies
Made in FACTOORIA by Emilio Calvo

Copyright © 2023 - 2026. GESTIONIA. Todos los derechos reservados. Powered by APG.

GESTIONIA
Gestionar el consentimiento de las cookies

Utilizamos tecnologías como las cookies para almacenar y/o acceder a la información del dispositivo. Lo hacemos para mejorar la experiencia de navegación y para mostrar anuncios (no) personalizados. El consentimiento a estas tecnologías nos permitirá procesar datos como el comportamiento de navegación o los ID's únicos en este sitio. No consentir o retirar el consentimiento, puede afectar negativamente a ciertas características y funciones.

Funcional Siempre activo
El almacenamiento o acceso técnico es estrictamente necesario para el propósito legítimo de permitir el uso de un servicio específico explícitamente solicitado por el abonado o usuario, o con el único propósito de llevar a cabo la transmisión de una comunicación a través de una red de comunicaciones electrónicas.
Preferencias
El almacenamiento o acceso técnico es necesario para la finalidad legítima de almacenar preferencias no solicitadas por el abonado o usuario.
Estadísticas
El almacenamiento o acceso técnico que es utilizado exclusivamente con fines estadísticos. El almacenamiento o acceso técnico que se utiliza exclusivamente con fines estadísticos anónimos. Sin un requerimiento, el cumplimiento voluntario por parte de tu proveedor de servicios de Internet, o los registros adicionales de un tercero, la información almacenada o recuperada sólo para este propósito no se puede utilizar para identificarte.
Marketing
El almacenamiento o acceso técnico es necesario para crear perfiles de usuario para enviar publicidad, o para rastrear al usuario en una web o en varias web con fines de marketing similares.
  • Administrar opciones
  • Gestionar los servicios
  • Gestionar {vendor_count} proveedores
  • Leer más sobre estos propósitos
Ver preferencias
  • {title}
  • {title}
  • {title}
  • Actualidad económica
  • Ahorro inteligente
  • Criptomonedas
  • Educación financiera
  • Finanzas para principiantes
  • Gestión de deudas
  • Herramientas financieras
  • Ingresos online
  • Ingresos pasivos
  • Inversión en bolsa
  • FACTOORIA
    • MANUALIA
    • RECETALIA
    • CUIDALIA
    • MASCOTALIA