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Cómo declarar criptomonedas en la renta 2025: guía completa para España

Declarar las criptomonedas correctamente en la renta española es una obligación que muchos inversores desconocen o ignoran. Hacienda ha endurecido los controles y las plataformas de intercambio están obligadas a informar. Esta guía explica qué operaciones hay que declarar, cómo calcular las ganancias y pérdidas, y qué modelos informativos hay que presentar.

4 de abril de 2026
en Criptomonedas
Tiempo de lectura: 3 mins. lectura
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La fiscalidad de las criptomonedas en España ha ganado claridad en los últimos años gracias a las consultas vinculantes de la AEAT y a varios cambios normativos. Aún así, sigue siendo un terreno espinoso para quien ha hecho muchas operaciones en distintas plataformas o ha entrado en DeFi, staking o NFTs.

Aquí va, con detalle práctico, cómo declarar las criptomonedas en la renta de 2025, que se presenta en 2026.

Cuándo hay que declarar criptomonedas

Operaciones que generan obligación de declarar

En España la obligación de declarar surge cuando se produce una transmisión o permuta que genera una variación patrimonial. Entran ahí la venta de criptomonedas a cambio de euros u otras monedas fiat, el intercambio de una criptomoneda por otra (BTC por ETH, por ejemplo, aunque no se pase por euros), el uso de criptomonedas para pagar bienes o servicios y la obtención de criptomonedas como rendimiento, ya sea por staking, lending, airdrops o minería.

Lo que NO genera obligación inmediata

Comprar y mantener criptomonedas, el hodling de toda la vida, no genera obligación de declarar en el IRPF hasta que hay transmisión. Mover criptomonedas entre wallets propias tampoco tributa, siempre que se pueda demostrar que ambas pertenecen al mismo contribuyente.

Cómo tributan las ganancias y pérdidas

Ganancias y pérdidas patrimoniales en la base del ahorro

Las ganancias y pérdidas por venta o intercambio de criptomonedas se integran en la base imponible del ahorro del IRPF como ganancias o pérdidas patrimoniales, no derivadas de transmisión de elementos afectos a actividades económicas. Los tipos aplicables en 2025 son: 19 % hasta 6.000 € de ganancia, 21 % entre 6.001 € y 50.000 €, 23 % entre 50.001 € y 200.000 €, y 28 % a partir de 200.001 €.

Compensación de ganancias y pérdidas

Las pérdidas en criptomonedas compensan ganancias del mismo ejercicio. Si en 2025 tienes 5.000 € de ganancia en Bitcoin y 2.000 € de pérdida en Ethereum, tributas solo por 3.000 € de ganancia neta. Lo que no se compensa en el ejercicio se traslada a los cuatro siguientes. Conviene tener presente que las pérdidas en criptomonedas no compensan directamente rendimientos del capital mobiliario, como dividendos o intereses, aunque en algunos supuestos sí hasta un 25 % de estos.

El método FIFO para calcular el coste de adquisición

La AEAT establece el FIFO (First In, First Out) como método de valoración para calcular la ganancia o la pérdida, de modo que al vender se entiende que salen primero las unidades compradas antes. Esto pesa mucho si has ido comprando a precios distintos a lo largo del tiempo.

Rendimientos por staking, lending y DeFi

Cómo tributan los rendimientos de staking

Las criptomonedas obtenidas por staking, es decir, por participar en la validación de una blockchain a cambio de recompensas, tributan como rendimientos del capital mobiliario en el momento de recibirlas, por su valor de mercado en esa fecha. Si luego se venden, habrá además una ganancia o pérdida patrimonial calculada desde ese valor inicial.

Airdrops, hard forks y NFTs

Los airdrops, o distribuciones gratuitas de tokens, pueden tributar como ganancia patrimonial o como rendimiento del capital mobiliario según las circunstancias. Los tokens obtenidos en un hard fork tributan con valor cero en el momento de la bifurcación y generan ganancia cuando se venden. Los NFTs se tratan como cualquier otro activo digital, así que su venta genera ganancia o pérdida patrimonial.

Modelos informativos obligatorios

Modelo 721: declaración de criptomonedas en el extranjero

Desde el ejercicio 2023 existe el modelo 721, el equivalente cripto del modelo 720 de bienes en el extranjero. Lo presentan antes del 31 de marzo del año siguiente los contribuyentes con criptomonedas custodiadas en plataformas o wallets radicadas fuera de España por un valor superior a 50.000 € a 31 de diciembre. No presentarlo puede salir caro en sanciones.

Las plataformas informan a Hacienda

Desde 2024, las plataformas de intercambio que operan en España, o que tienen clientes residentes aquí, están obligadas a informar a la AEAT de las operaciones de sus clientes mediante el modelo 172, de saldos, y el modelo 173, de operaciones. En la práctica, Hacienda ya tiene información de lo que se mueve en exchanges como Binance, Coinbase o Kraken.

Cómo calcular y presentar la declaración

Para calcular bien las ganancias y pérdidas hace falta un registro completo de todas las operaciones: fecha, cantidad, precio de compra, precio de venta y comisiones. Herramientas como Koinly, CoinTracker o CryptoTax aplican el método FIFO y generan informes compatibles con lo que pide la AEAT. Para carteras complicadas o con operaciones en DeFi, un asesor fiscal especializado en criptomonedas suele salir a cuenta.

₿ Libros sobre fiscalidad de criptomonedas — guías especializadas en la tributación de activos digitales en España.

¿Qué pasa si no declaro mis criptomonedas?
No declarar las ganancias en criptomonedas es una infracción tributaria que puede conllevar sanciones de entre el 50% y el 150% de la cuota no ingresada, más intereses de demora. Dado que las plataformas están obligadas a informar a Hacienda desde 2024, el riesgo de que la AEAT detecte las operaciones no declaradas es real y creciente. La regularización voluntaria (antes de que Hacienda inicie una comprobación) conlleva sanciones reducidas o nulas.
¿Tengo que declarar si solo he tenido pérdidas en criptomonedas?
Sí, las pérdidas también deben declararse en el IRPF, aunque no impliquen pago de impuestos. Declarar las pérdidas es importante porque te permite compensarlas con ganancias del mismo o futuros ejercicios (hasta 4 años), lo que puede reducir significativamente la factura fiscal en años con ganancias. Si no declaras las pérdidas en el año en que se producen, pierdes el derecho a compensarlas.
¿Cómo tributa el intercambio de una cripto por otra sin pasar por euros?
En España, el intercambio de una criptomoneda por otra (por ejemplo, cambiar Bitcoin por Ethereum directamente) se considera una permuta y genera una ganancia o pérdida patrimonial en el momento del intercambio, calculada como la diferencia entre el valor de mercado de la criptomoneda entregada y su coste de adquisición. No es necesario convertir a euros para que haya un hecho imponible: el mero intercambio ya tributa.
¿Hay alguna exención o mínimo exento para ganancias pequeñas en criptomonedas?
No existe una exención específica para ganancias pequeñas en criptomonedas en España. Sin embargo, como regla general, no existe obligación de declarar el IRPF si los rendimientos del trabajo son inferiores a 22.000€ (o 15.000€ con dos pagadores) y las ganancias y pérdidas patrimoniales no superan los 1.000€. Si tus ganancias en criptos superan ese umbral o combinadas con tus otros ingresos generan obligación de declarar, debes incluirlas aunque sean pequeñas.
¿Las criptomonedas en wallets propias (hardware wallet, MetaMask) también hay que declararlas?
Las criptomonedas en wallets propias (no custodiadas) no están sujetas al modelo 721, que solo aplica a criptomonedas en poder de terceros (exchanges, custodios) radicados en el extranjero. Sin embargo, las ganancias generadas al vender o intercambiar criptomonedas desde wallets propias sí deben declararse en el IRPF. El hecho de que no haya un intermediario que informe a Hacienda no elimina la obligación de declarar.
Etiquetas: BitcoinCriptoFiscalidad
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