La indemnización por despido se calcula multiplicando tu salario diario por los días que la ley reconoce por cada año trabajado: 33 días por año en un despido improcedente, con un tope de 24 mensualidades, y 20 días por año en un despido objetivo, con un tope de 12 mensualidades. El salario diario sale de dividir el salario bruto anual, pagas extra incluidas, entre 365. Y, salvo excepciones, ese dinero está exento de IRPF hasta 180.000 euros.
Dicho esto, el resultado final cambia bastante según el tipo de despido, la antigüedad exacta y la fecha en la que firmaste el contrato. En esta guía tienes la fórmula completa, ejemplos con cifras, el doble cálculo que se aplica a los contratos anteriores a febrero de 2012 y cómo tributa cada euro que acabas cobrando.
Qué es la indemnización por despido y cuándo te corresponde
La indemnización por despido es la compensación económica que la empresa debe abonarte cuando extingue tu contrato por una causa que no es imputable a ti, o cuando un juez declara que el despido no estaba justificado. No es un premio ni una gratificación voluntaria: es una cuantía tasada por el Estatuto de los Trabajadores, con una fórmula fija y unos topes máximos.
Conviene separarla desde el principio de dos conceptos con los que se confunde a menudo. El finiquito es la liquidación de lo que ya has ganado y aún no has cobrado: días trabajados del mes en curso, vacaciones no disfrutadas y parte proporcional de las pagas extra. Se cobra siempre, incluso si te vas voluntariamente. Los salarios de tramitación son los sueldos devengados entre la fecha del despido y la sentencia, y solo aparecen cuando el despido se declara nulo o cuando la empresa opta por readmitirte.
Los tres datos que necesitas para calcular la indemnización
Toda la operación se reduce a una multiplicación: salario diario × días por año × años de antigüedad. El problema no es la fórmula, sino calcular bien cada uno de los tres factores.
El salario diario regulador
Se obtiene dividiendo el salario bruto anual entre 365. La clave está en qué entra en ese bruto anual: salario base, complementos salariales fijos, pagas extraordinarias prorrateadas, retribución variable ya devengada y el promedio de horas extra habituales. Si tienes retribución en especie con valor salarial (coche de empresa, vivienda), también computa.
No entran los conceptos extrasalariales: dietas, plus de transporte, indemnizaciones por desgaste de herramientas o gastos de locomoción. Merece la pena revisar tus últimas nóminas con calma antes de aceptar el cálculo de la empresa, porque un complemento mal clasificado puede costarte cientos de euros. Si no tienes claro qué significa cada línea, esta guía sobre cómo leer tu nómina paso a paso te ayuda a identificar qué es salario y qué no.
La antigüedad
Se cuenta desde el inicio real de la relación laboral hasta la fecha de efectos del despido, no hasta la fecha de la carta. Si has encadenado varios contratos temporales con la misma empresa sin interrupciones significativas, toda esa cadena suma. Y si la empresa te subrogó desde otra compañía, la antigüedad anterior normalmente se conserva. Las fracciones de año se prorratean por meses.
Los días por año según el tipo de despido
Es el factor que más dinero mueve y el que más se discute. Este es el cuadro resumen:
| Tipo de extinción | Días por año | Tope máximo |
|---|---|---|
| Despido improcedente | 33 días | 24 mensualidades |
| Despido objetivo o colectivo | 20 días | 12 mensualidades |
| Fin de contrato temporal | 12 días | Sin tope |
| Despido disciplinario procedente | 0 días | — |
| Despido nulo | Readmisión + salarios de tramitación | — |
El despido objetivo es el que se apoya en causas económicas, técnicas, organizativas o de producción, en ineptitud sobrevenida o en faltas de asistencia justificadas por la ley. El improcedente es aquel cuya causa no se acredita o cuya forma es defectuosa. El nulo es el que vulnera derechos fundamentales o afecta a situaciones especialmente protegidas, como el embarazo, y obliga a readmitir.
Ejemplo práctico paso a paso
Trabajemos con un caso concreto: salario bruto anual de 30.000 euros con pagas incluidas y 6 años de antigüedad, con el contrato firmado después de febrero de 2012.
Salario diario: 30.000 ÷ 365 = 82,19 euros al día.
Si el despido es improcedente
- Días de indemnización: 33 × 6 años = 198 días.
- Importe: 82,19 × 198 = 16.273,97 euros.
- Comprobación del tope: 24 mensualidades × 2.500 euros al mes = 60.000 euros. No se alcanza, así que el importe es íntegro.
Si el despido es objetivo
- Días de indemnización: 20 × 6 años = 120 días.
- Importe: 82,19 × 120 = 9.863,01 euros.
- Comprobación del tope: 12 mensualidades × 2.500 euros = 30.000 euros. Tampoco se alcanza.
La diferencia entre ambos escenarios es de 6.410,96 euros con exactamente el mismo sueldo y la misma antigüedad. Por eso la calificación del despido no es un detalle jurídico menor: es, literalmente, el 39 % del dinero en juego en este ejemplo.
Qué pasa con las fracciones de año
Si en lugar de 6 años exactos llevas 6 años y 4 meses, esos meses se prorratean. En un despido improcedente serían 33 × 6 = 198 días, más 33 × (4 ÷ 12) = 11 días, es decir 209 días. El importe sube a 82,19 × 209 = 17.178,08 euros. Los cuatro meses valen 904,11 euros más: revisa siempre que la empresa haya contado la fecha correcta.
El doble cálculo si entraste antes de febrero de 2012
La reforma laboral de 2012 rebajó la indemnización por despido improcedente de 45 a 33 días por año, pero no de forma retroactiva. Si tu contrato es anterior al 12 de febrero de 2012, el cálculo se parte en dos tramos: 45 días por año para el tiempo trabajado hasta esa fecha y 33 días por año a partir de entonces. La suma no puede superar los 720 días, salvo que el tramo anterior a 2012 ya supere por sí solo esa cifra, en cuyo caso ese importe actúa como tope, con un máximo absoluto de 42 mensualidades.
Un ejemplo con el mismo sueldo de 30.000 euros anuales. Contrato firmado el 12 de febrero de 2007 y despido improcedente el 12 de febrero de 2026:
- Tramo hasta el 12/02/2012: 5 años × 45 días = 225 días.
- Tramo desde el 12/02/2012: 14 años × 33 días = 462 días.
- Total: 225 + 462 = 687 días, por debajo del límite de 720.
- Importe: 82,19 × 687 = 56.465,75 euros, por debajo del tope de 24 mensualidades (60.000 euros).
Como referencia práctica, con 33 días por año el tope de 24 mensualidades se alcanza en torno a los 22 años de antigüedad, y con 20 días por año el tope de 12 mensualidades llega alrededor de los 18 años. A partir de ahí, cada año adicional ya no incrementa la indemnización.
Cómo tributa la indemnización por despido en el IRPF
La parte exenta
La indemnización está exenta de IRPF hasta la cuantía que el Estatuto de los Trabajadores establece como obligatoria, con un límite máximo de 180.000 euros. En los dos ejemplos anteriores —16.273,97 y 9.863,01 euros— la exención es total: no se practica retención y no se declara como rendimiento.
Hay un matiz decisivo en el despido improcedente: la exención exige que la improcedencia esté reconocida en el acto de conciliación ante el servicio de mediación o declarada por sentencia. Si empresa y trabajador pactan la salida en privado, sin ese reconocimiento formal, Hacienda considera que se trata de una extinción por mutuo acuerdo y toda la cantidad tributa como rendimiento del trabajo. Es el error más caro y más frecuente de todo este proceso.
Cuando la empresa paga por encima de lo legal
El exceso sobre la cuantía legal sí tributa. Imagina un salario de 40.000 euros anuales y 10 años de antigüedad, con despido improcedente. El salario diario es 40.000 ÷ 365 = 109,59 euros, y la indemnización legal, 109,59 × 330 días = 36.164,38 euros. Si la empresa abona 45.000 euros para cerrar el acuerdo, el exceso de 8.835,62 euros se integra como rendimiento del trabajo.
La buena noticia es que ese exceso suele tener un periodo de generación superior a dos años, lo que permite aplicar una reducción del 30 % sobre un máximo de 300.000 euros. La base que acabaría tributando sería 8.835,62 × 0,70 = 6.184,93 euros. Como el pago se concentra en un solo ejercicio, conviene calcular antes cómo afecta a tu tipo marginal del año.
El finiquito tributa siempre
Los conceptos del finiquito son salario ordinario y, por tanto, llevan su retención habitual. No los mezcles con la indemnización cuando revises el documento de liquidación: deben aparecer desglosados, porque el tratamiento fiscal de cada bloque es distinto.
Plazos y errores que te pueden costar dinero
- 20 días hábiles para impugnar el despido desde la fecha de efectos. Es un plazo de caducidad: pasado ese tiempo, la acción se pierde de forma irreversible.
- Firmar el finiquito sin reservas. Si no estás conforme, añade a mano «no conforme» junto a tu firma antes de entregarlo.
- Confundir la puesta a disposición. En el despido objetivo, la empresa debe poner la indemnización a tu disposición al entregar la carta, junto con 15 días de preaviso.
- Aceptar un mutuo acuerdo disfrazado. Ya has visto lo que le cuesta a la factura fiscal.
Guardar la documentación laboral ordenada —contratos, anexos, nóminas, comunicaciones— es lo que marca la diferencia cuando hay que reconstruir una antigüedad de quince años. Un archivador organizador de documentos cuesta menos que una hora de abogado y evita discusiones que se ganan solo con papeles.
Qué hacer con el dinero cuando llega
Una indemnización es un ingreso extraordinario que sustituye a varios meses de sueldo, no un dinero sobrante. El orden razonable suele ser el mismo en casi todos los casos: primero, cubrir el colchón de seguridad; después, atender deudas caras; y solo con lo que quede, plantear cualquier decisión de inversión.
El Banco de España, a través de su Portal del Cliente Bancario, recomienda mantener un colchón equivalente a varios meses de gastos antes de asumir riesgos con los ahorros. Si aún no lo tienes montado, empieza por aquí: cómo crear un fondo de emergencia desde cero. Y para dimensionar cuántos meses te compra realmente la indemnización, ayuda comparar tu situación con los datos de salarios que publica el Instituto Nacional de Estadística; también puedes contrastarlo con nuestro análisis del salario medio en España.
Ten en cuenta además que el despido en sus formas objetiva, colectiva, improcedente o nula sí genera derecho a la prestación contributiva por desempleo, que se abona al 70 % de la base reguladora durante los primeros 180 días y al 60 % a partir de ahí. La baja voluntaria y el mutuo acuerdo, no. Sumar indemnización y prestación te da el horizonte real de meses con los que cuentas.
Si arrastras deudas o embargos, revisa también qué parte de tus ingresos queda protegida: lo explicamos en la guía sobre el embargo de nómina y cuánto pueden retenerte. Esta guía es información general y no sustituye el análisis de un abogado laboralista sobre tu caso concreto.





